luns, agosto 11, 2008

Uno de cada cuatro delitos contra el patrimonio afecta a bienes eclesiásticos.

CARMEN VILLAR / SANTIAGO Los propietarios de viviendas saben que si quieren hacer reformas necesitan de una autorización municipal. Los párrocos de ciertas aldeas no sólo tienen que recordar este detalle, sino que, además, deben ser conscientes de que la Iglesia Católica es la propietaria de "buena parte" de los bienes de interés patrimonial de Galicia y que, para cualquier reforma, sea ampliar el cementerio, cambiar un pavimento o reformar el muro del "adro", necesitan el asesoramiento y la autorización de los técnicos de Patrimonio.

Para dar a conocer la legislación que protege estos bienes, procurarles el "mayor cuidado posible y la máxima difusión de su valor", la Xunta, en colaboración con la Iglesia, organiza cursos dirigidos a los curas. La Dirección Xeral de Patrimonio Cultural y el Obispado de Ourense ubicarán el encuentro de este año los días el 22 y 23 de septiembre en la ciudad de As Burgas. Allí se explicará cuál es el régimen de protección de estos inmuebles, cómo se tramitan las actuaciones en estos edificios o cuáles deben ser los criterios de intervención.

El propio arzobispado de Santiago ya había advertido a sus párrocos de que "ocasionalmente" se "toman decisiones sin el preceptivo asesoramiento presuponiendo las más de las veces que se trata de obras sin mayor importancia" y les recordaba que estas actuaciones pueden conllevar sanciones económicas.

En lo que va de año, la Consellería de Cultura ha incoado 65 expedientes por posibles agresiones al patrimonio cultural en la comunidad. De ellos, quince tienen que ver con bienes vinculados a la Iglesia Católica y casi las dos terceras partes de ellos, nueve, se localizan en la provincia de Pontevedra y el resto, seis, en la de Ourense. Cinco de estos casos, según informó Cultura, están ya resueltos.

No obstante, como afirma el director xeral de Patrimonio Cultural, Felipe Arias, no todos los responsables de estas posibles infracciones son los párrocos. Debido al régimen de protección de estos inmuebles y sus conjuntos, que incluye un entorno de hasta cien metros, en muchos casos los autores de la infracción son vecinos, que construyen, por ejemplo, galpones sin permiso, o instituciones, que modifican trazados de carreteras sin tener en cuenta su proximidad a estos bienes.

"En el conjunto del patrimonio, son más las afectaciones a los contornos de las iglesias que en las propias capillas, como la apertura de una pista por el medio del adro o la construcción de una granja al lado", explica Arias. "Lo más habitual son las reformas en los adros y cementerios o modificar los muros tradicionales de los adros. Eso es relativamente frecuente", señala Arias.

Las infracciones se agravan si se trata de bienes de interés cultural (BIC). Así, por ejemplo en Ourense, uno de los expedientes incoados se refiere a la catedral, que está declarada BIC así como el cementerio de San Francisco.

En Pontevedra los bienes afectados son las iglesias de Valga, Santa María de Rubiáns, San Mamede de Portela, San Andrés de Valiñas, Santa María de Simes, Santo Estevo de Noalla, San Pedro de Lantaño y O Viso. Cuatro de estos casos ya han sido resueltos.

Las sanciones son de hasta 150.000 euros

La incoación de un expediente se produce por una denuncia, bien de un particular, bien de los técnicos de Cultura que perciben una infracción o por parte de la Policía autonómica. "La sanción va en función de la agresión y de la importancia de ese patrimonio", explica Felipe Arias. También hay que comprobar si existe una agresión directa al bien o al contorno de protección de los cien metros.

Las sanciones leves pueden conllevar multas de hasta 60.000 euros. Entre ellas está el otorgamiento de licencias municipales sin la autorización preceptiva de la Consellería de Cultura para obras en bienes inventariados. Las graves pueden alcanzar los 150.000 euros y las muy graves superar esa cantidad. Estas últimas están vinculadas a aquellas acciones u omisiones que conlleven la pérdida, destrucción o deterioro irreparable de los bienes declarados de interés cultural o catalogados.

Al pago de la multa se puede sumar la devolución del bien patrimonial al estado anterior.

(Fuente: Faro De Vigo)

0 comentarios (¡PULSA AQUÍ!):

Participa

INSCRIPCIÓN
*Ficha: engadir enderezo, teléfono, M² de exposición (ata 5m²) e número de asistentes ao xantar.